Abogados contarán con 10 días para presentar auditores ante Cámara de Cuentas

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La Ley 10-04 de la Cámara de Cuentas instituye las atribuciones y competencias de la entidad fiscalizadora. Foto: El Día    


Mediante acto de alguacil, la Cámara de Cuentas citó al Colegio de abogados para que, en un plazo de 10 días, reciban a los auditores que llevan a cabo la auditoría aprobada por el Pleno del órgano en el plan anual de auditoría correspondiente al año en curso 2021.

 

“La Cámara de Cuentas, de conformidad a las atribuciones que le confiere la Constitución dominicana, es el órgano facultado para realizar el control externo de los recursos públicos, de los procesos administrativos y del patrimonio del Estado, en tal sentido, es violatorio a este mandato cualquier ley, decreto, resolución, reglamento o acto que incite al desconocimiento de esta función”, alega la entidad en un comunicado de prensa.


La Ley 10-04 de la Cámara de Cuentas instituye las atribuciones y competencias de la entidad fiscalizadora, la cual especifica en su primer artículo que tiene por objeto establecer las atribuciones y competencias de la Cámara de Cuentas, así como instituir el Sistema Nacional de Control y Auditoría, armonizar las normas legales relativas al citado Sistema e identificar las instituciones responsables de aplicarlas y jerarquizar su autoridad.


Dicha Ley determina igualmente facilitar la coordinación interinstitucional, promover la gestión ética, eficiente, eficaz y económica de los administradores de los recursos públicos y facilitar una transparente rendición de cuentas de quienes desempeñan una función pública o reciben recursos públicos.


La citada Ley indica en su artículo 2, numeral 7, que “todas las personas físicas y jurídicas, ya sean públicas o privadas, que reciban o administren recursos públicos o tengan alguna vinculación con el Estado están sujetas a ser fiscalizados por la CCRD”.


Añade que la entidad fiscalizadora publicará cada año los resultados de las auditorías anuales realizadas al 

Colegio de Abogados, así como a las secciónales en cuanto a la eficacia y eficiencia presupuestaria de acuerdo con lo que estipula la presente ley.


De acuerdo a la Cámara de Cuentas, una evidencia de que el Colegio de Abogados recibe fondos del Estado se encuentra en el Informe de Auditores Independientes correspondiente a los años 2017 y 2016, emitido por la firma Luperón Ramírez & Asociados, S.R.L, donde reseña los valores que recibió del Estado este gremio, los cheques emitidos por el Ministerio Administrativo de la Presidencia y la Procuraduría General de la República y, los ingresos captados del público por la DGII por concepto de tasas, para la prestación de servicios públicos, lo que demuestra que es de competencia exclusiva del órgano de control externo la fiscalización de esos recursos, como lo manda la Constitución.

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