Defensor del Pueblo somete a director del Inposdom a la Fiscalía

|


WhatsApp Image 2021 09 13 at 11.15.53 AM

Se aclaró que el sometimiento del directivo no se produce por las decisiones de las desvinculaciones. Foto: El Nuevo Diario


Adán Peguero, director del Instituto Postal Dominicano (Inposdom), fue puesto a disposición de la Fiscalía del Distrito Nacional por el partido Defensor del Pueblo. La causa fue que el directivo no accedió a facilitar información sobre un grupo de empleados, quienes fueron desvinculados de la institución sin antes recibir su pago las prestaciones laborales.


Según detalló Pablo Ulloa, el sometimiento penal tiene lugar luego de que en varias oportunidades, le fueron solicitados a Adán Peguero los informes correspondientes a la situación de los exempleados del Inposdom que han sido desvinculados, sin que la institución se preocupara por dar respuesta alguna, algo que consideran una falta de transparencia y que está fuera de la ley.


Ulloa declaró que Peguero con su negativa, violó las disposiciones del artículo 27 de la Ley número 19-01 que crea el Defensor del Pueblo, por no colaborar con éste y no suministrarle la documentación e informes requeridos.


“La negativa de responder a las solicitudes de información se mantiene a pesar de los múltiples requerimientos del órgano extra poder para que el director de Inposdom, en razón del principio de transparencia que rige la administración pública, consagrado en el artículo 138 de la Constitución de la República, remita los informes correspondientes a las reclamaciones de ciudadanos”, explicó el Defensor del Pueblo.


“Ningún funcionario público se encuentra por encima de la Constitución y las leyes. Es tiempo de que en la República Dominicana prevalezcan los derechos de los ciudadanos y que todos los que somos servidores públicos respetemos al pueblo que nos concedió la oportunidad de servir”, indicó Pablo Ulloa.


Asimismo esclareció que el sometimiento no se produce por las decisiones de las desvinculaciones, sino por negarse deliberadamente a dar respuesta a las diversas solicitudes del defensor del Pueblo en las que se le requiere informar sobre la situación de los ciudadanos afectados, quienes han presentado reclamaciones ante este órgano constitucional.

Comentarios