Anulan texto de la ley de partidos que prohíbe propaganda política en medios de comunicación durante la precampaña electoral

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Foto fachada

La institución acogió una acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por la Fundación Prensa y Derecho. Foto: Agencia Técnica Aduanal


El numeral 7 del artículo 44 de la ley 33-18, de partidos, agrupaciones y movimientos políticos, la cual prohíbe la propaganda política mediante mensajes publicitarios en radio y televisión durante la precampaña electoral fue anulado recientemente por el Tribunal Constitucional.


La institución acogió una acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por la Fundación Prensa y Derecho; asimismo consideró que la medida impuesta por el legislador en el numeral 7 del artículo 44 de la ley de partidos desborda su carácter de necesidad, por lo que determinó que viola los artículos 40.15 y 49 de la Constitución.


“Este tribunal determina que la limitación que impone la norma atacada más que ir en beneficio de la colectividad, limita uno de los derechos fundamentales más importantes en nuestro ordenamiento constitucional como lo es la libertad de expresión, por lo que la misma no supera el examen de razonabilidad que justificaría su permanencia en el ordenamiento jurídico”, se apuntó en la sentencia TC-0052-22, que fue conocida este martes.


Previamente, el Tribunal Constitucional había declarado la inconstitucionalidad de otras disposiciones de la ley de partidos, que fue promulgada el 15 de agosto del 2018.

 

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