Procuradora general revoca tarifa de multas por violación del toque de queda

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Santo Domingo, RD La procuradora general de la República Miriam Germán Brito revocó la “Instrucción general sobre procesamiento y sanciones por incumplimiento del toque de queda y prohibición de aglomeraciones”. La decisión de la magistrada revierte la instrucción dada a los fiscales de las distintas instancias del Ministerio Público el pasado 11 de enero de 2021.



Por disposición de la funcionaria los integrantes del Ministerio Público deberán tratar de que los ciudadanos que violenten las normas sanitarias establecidas por el Poder Ejecutivo, y que a su vez se amparan en declaratorias de Estado de Excepción, deberán ser llevados ante el juez de Paz de la jurisdicción correspondiente que conozca asuntos contravencionales.


Por su parte, el Ministerio Público deberá continuar velando porque, con base al ordenamiento jurídico, las multas impuestas al ciudadano jamás sobrepasen el monto de entre uno y diez salarios mínimos, como lo establece la Ley General de Salud Pública, No. 42-01.


La procuradora, al impartir la comunicación interna a los fiscales, recordó la necesidad de que el Ministerio Público apoye las acciones gubernamentales y acompañe a toda la población en la implementación de las medidas que, como el toque de queda y el distanciamiento social, buscan frenar los embates de la pandemia de la COVID-19 en el país, epidemia que hasta el momento, ha afectado a 188,969 dominicanos con la pérdida irreparable de 2,432 vidas humanas.


Tras analizar y discutir con su equipo de expertos la decisión de revocar su propia instrucción, la magistrada garantizó al pueblo que el Ministerio Público jamás dejará de cumplir sus funciones y su obligación de perseguir sanciones contra quienes incumplan las medidas adoptadas por las autoridades competentes para garantizar la salud pública.


El artículo 153 de la Ley General de Salud estipula sanciones de entre 1 y 10 salarios mínimos (entre RD$10,000 y RD$100,000) para quienes incumplan las medidas adoptadas para prevenir y controlar enfermedades transmisibles.


La fijación de montos anteriores respondía al interés del Ministerio Público de ofrecer un criterio de oportunidad para atenuar la sanción imponible en el caso de conductas que se consideren de menor gravedad, así como un parámetro común para proceder y evitar la discrecionalidad.


Ante ello, la Procuraduría General de la República consolida su interés en fortalecer el Estado de Derecho y recuerda a la comunidad jurídica y al liderazgo político la necesidad de un debate constructivo que conlleve a soluciones.


Por último, Germán rememoró que al momento de iniciar el estado de emergencia un año atrás, República Dominicana, como muchos países, se encontró frente a la necesidad de actuar frente a una pandemia que sorprendió a todos. Razón por la cual intuye que las normas aplicables a quienes violentan las medidas dispuestas por las autoridades sanitarias para prevenir y controlar las consecuencias fatales del virus, al parecer comenzaron a aplicarse analógicamente al procedimiento de multas establecido en la Ley General de Tránsito.

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