Promulgada por Presidente de la República Ley que prohíbe matrimonio infantil

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Lo Dice el Pueblo, Santo Domingo RD.- La ley y un decreto que elimina el matrimonio infantil en la República Dominicana fue promulgada la tarde de este miércoles por el presidente de la nación Luis Abinader, con ella se garantiza la salvaguarda de los derechos fundamentales de las mujeres, las adolescentes y las niñas.



El Jefe de Estado promulga la ley número 1-21, que pone fin al matrimonio infantil en el territorio nacional; así como el decreto 1-21 que declara de alto interés para el país la articulación de una política estatal de lucha contra la violencia en cualquiera de sus variantes hacia las féminas de todas las edades.


Dicho decreto también crea el Gabinete de las Mujeres, las Adolescentes y las Niñas, el cual es coordinado y dirigido por el Ministerio de la Mujer. 


Por su parte, el Poder Ejecutivo en sus actos destaca que las políticas en favor de las mujeres, las adolescentes y las niñas, se sostendrán por medio del Plan Estratégico por una Vida Libre de Violencia, liderado por la entidad de la Mujer.


La ley número 1-21 en su artículo uno establece que tiene por objeto prohibir que las personas menores de dieciocho años contraigan matrimonio, mediante la modificación y derogación de varias disposiciones del Código Civil de la Ley No. 659, del 17 de julio de 1994, sobre actos del Estado Civil.


Entretanto, en su artículo 4, dispone que el Código Civil, en lo sucesivo, en el artículo 144 establece que: Las personas menores de dieciocho años no podrán contraer matrimonio en ninguna circunstancia.


Igualmente, la nueva ley que prohíbe el matrimonio infantil modifica y deroga varias disposiciones del Código Civil de la República Dominicana y de la ley número 659 sobre actos del Estado Civil.


Esto supone que la aprobación y promulgación de la ley que elimina el matrimonio infantil, el Estado dominicano cumple los compromisos asumidos con otros Estados y organizaciones internacionales que consideran este tipo de práctica como una forma de tortura o mal trato y un mecanismo de violencia a los derechos humanos de las niñas y las adolescentes.


Rememora además que el matrimonio infantil suscita las desigualdades y frena el progreso de la sociedad. La eliminación del matrimonio infantil se logra a través de la modificación y derogación de varios artículos del Código Civil Dominicano y la ley 659, del 17 de julio del 1994, sobre actos del Estado Civil.


El Ejecutivo indica que en el Código Civil sufren modificaciones los artículos 63, 76 y 144 y a su vez se derogan los artículos 145, 148, 151, 152, 154, 156, 157, 160, 173, 185 y 476, mientras que de la ley 659 quedan modificados los artículos 56, 57 y 60.


Debido a que la ley 1-21, del seis de enero de 2021, es un acto del Poder Legislativo, el presidente dictó el decreto número 1-21, el que declara de alto interés la creación de una política nacional de lucha contra la violencia hacia las mujeres, las adolescentes y las niñas, y que establece el gabinete en su favor adscrito al Ministerio de la Mujer.


El gabinete, integrado por los ministerios de la Presidencia, de Interior y Policía, de Defensa, de Salud Pública y Asistencia Social, de Educación, de Educación Superior, Ciencia y Tecnología, de Trabajo y de Economía, Planificación y Desarrollo, también lo conforman un representante del Poder Judicial, designado por el Consejo del Poder Judicial, la Procuraduría General de la República, el Servicio Nacional de Salud, el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia, la Policía Nacional, la Oficina Nacional de Estadísticas, la Universidad Autónoma de Santo Domingo y tres representantes de organizaciones de mujeres.


El Gabinete de las Mujeres, Adolescentes y Niñas se encargará de coordinar políticas para la prevención y erradicación de la violencia contra la mujer, diseñar y ejecutar acciones y estrategias para la implementación y cumplimiento del Plan Estratégico por una Vida Libre de Violencia. De igual manera, analizará y presentará conclusiones sobre aspectos relacionados al tema de la violencia, la igualdad y la equidad de género que le solicite el presidente de la República o por iniciativas propias.

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